SOBRE EL INGRESO DE LA VÍCTIMA AL CARGO DEL VICTIMARIO

La semana anterior, luego de varios pasos administrativos, se efectivizó el ingreso a la Municipalidad de Santa Rosa de una persona víctima de violencia de género, quien ahora ocupa el puesto de su agresor, quien fuera exonerado por dicha causal. Las declaraciones vertidas por la Directora de Políticas de Género y Diversidad en medios locales y nacionales nos obligan a aclarar un poco la génesis de este derecho garantizado, de este hecho histórico que pone a Santa Rosa nuevamente en la vanguardia, sentando el primer precedente a nivel nacional.

El día 22 de enero de 2020, desde el Bloque Frepam presentamos un proyecto de Ordenanza que preveía: 1) adherir a la Ley Micalea; 2) adherir a la Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; y 3) que la víctima de violencia de género pueda ingresar al municipio ante la exoneración o cesantía de su agresor (art. 5º del proyecto).

Las tres propuestas tuvieron acompañamiento unánime para convertirse en la Ordenanza Nº 6305/2020, en un despacho conjunto a un proyecto del Bloque Frejupa que se limitaba a plantear la adhesión a la Ley Micaela.

Quizá, como dijo la Sra. Directora, el intendente haya propuesto "una gestión con políticas de género transversales a todo el municipio". Ahora bien, esta Ordenanza, fue iniciativa del Frepam. Incluso nos han contactado desde otras ciudades del país interesadas en llevar adelante legislaciones similares.

Santa Rosa ha sido pionera -una vez más- al reconocer un nuevo derecho a las víctimas de violencia de género. Esperamos con ansias que la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa dé pronto tratamiento al proyecto de ley presentado el día 30 de junio de 2020 por la diputada radical Agustina García en idéntico sentido, sin importar si el proyecto es oficialista u opositor, para que el derecho reconocido a las santarroseñas se extienda a todas las pampeanas.

En el ámbito municipal, queda seguir luchando contra el flagelo que significa la violencia de género. Todas las fuerzas políticas debemos aunar esfuerzos en ese sentido. Quizá, una buena manera de continuar sea rever la restrictiva reglamentación que el Departamento Ejecutivo ha dictado sobre el art. 9º de la Ordenanza Nº 6305/2020 (art. 3º de la Resolución Nº 296/2020).


Texto aprobado. Ordenanza 6351/2020

Proyecto presentado el 22/01/2020

Pedido de informe presentado el 05/08/2020




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