UNA BOFETADA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y UNA CARICIA A LA POLÍTICA

El reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia avalando la fuerte restricción del derecho a la accesibilidad impuestas por Autobuses Santa Fe primero y por Luciano di Napoli después, implica lisa y llanamente una bofetada a las usuarias y los usuarios del servicio de transporte de colectivos.

Peligrosamente el Tribunal tomó la decisión política de abandonar una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y los principios de progresividad y no regresividad en materia de DDHH.

Los ministros del STJ parecen haber olvidado que hubo una época en que el servicio de colectivos se prestaba en nuestra ciudad con todos los colectivos piso bajo. Si, TODOS. Y se hacía por las mismas calles de tierra (hoy casi todas asfaltadas) y con unidades provistas de motor trasero.

Cuando la Municipalidad otorgó el servicio a Autobuses Santa Fe, se abandonaron los colectivos piso bajo y se comenzó a prestar, al igual que hoy, con la mayoría de los colectivos piso alto, algunos con elevadores y otros con piso bajo. Eso significó claramente una regresión sobre el derecho a la accesibilidad que anteriormente se satisfacía con TODAS las unidades piso bajo. Frente a esa situación, una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada ordenó que todas las unidades del servicio debían ser de piso bajo, en virtud del mencionado principio de progresividad y no regresividad de los DDHH.

Hoy se abandona esa exigencia y se convalida el
incumplimiento municipal con una caricia a la política, desamparando a usuarias y usuarios que seguirán impedidos de acceder al servicio con autonomía y seguridad, que anteriormente se garantizaba con los colectivos de piso bajo.

Pablo Pera Ibarguren



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