Creación del Fondo de Seguridad Vial Alcohol Cero

Desde los Bloques legislativos Frepam, Propuesta Federal y Comunidad Organizada proponemos la creación del Fondo de Seguridad Vial Alcohol Cero para la ciudad de Santa Rosa.

La sanción de la Ordenanza que implementa la prohibición de conducir con más de cero (0) miligramos de alcohol en sangre, aprobaba por unanimidad, nos lleva a proponer la creación de este fondo, siguiendo la línea de lo debatido en la Comisión respectiva y tomando, desde allí, la propuesta en este sentido elaborada por la ONG "Estrellas Amarillas", como acompañamiento necesario respecto a políticas preventivas en accidentes de tránsito.

Entendemos que la sanción de la Ordenanza que prohíbe la conducción habiendo consumido alcohol, debe ser el punto de partida para la implementación de otras normas que hagan hincapié en la necesidad de generar un cambio cultural en nuestra sociedad para que la norma no quede solo en una cuestión estrictamente punitiva.

La Ordenanza referida, impulsada por la ONG "Estrellas Amarillas", que trabaja desde hace años en políticas de prevención de accidentes de tránsito, nos ha servido de inspiración para presentar este Proyecto. Es en el trabajo en conjunto entre el Estado y las ONG´s en donde encontraremos mejores posibilidades de trabajar con la sociedad para hacer escuela en esta materia.

Consideramos que esta propuesta es viable y puede ser implementada con lo recaudado por el cobro de multas a aquellos que no respeten la Ordenanza de Alcohol 0, para desde allí generar los fondos necesarios para campañas de prevención de manera sostenida y permanente. 


BLOQUE FREPAM--BLOQUE PROPUESTA FEDERA--BLOQUE COMUNIDAD ORGANIZADA





Texto completo del proyecto:


VISTO:

La sanción de la Ordenanza que implementa la prohibición de conducir con más de cero (0) miligramos de alcohol en sangre;


Y CONSIDERANDO:

Que la sanción de dicha Ordenanza fue por unanimidad, es decir que contó con el aval de todos los Bloques Políticos que conforman el Concejo Deliberante de nuestra Ciudad.

Que, el tratamiento de la referida norma, fue impulsada por la Fundación Estrellas Amarillas, quienes vienen  trabajando hace muchos en temáticas referidas a la seguridad vial.

Que entendemos que, la sanción e implementación de la Ordenanza que prohíbe la conducción, habiendo consumido alcohol, debe ser el punto de partida para la implementación de otras normas que hagan hincapié en la necesidad de generar un cambio cultural en nuestra sociedad para que la implementación de la norma no quede solo en una cuestión estrictamente punitiva.

Que para ello es imprescindible intensificar la implementación de campañas de concienciación sobre los efectos negativos de la conducción bajo los efectos del alcohol y la necesidad de que, como Sociedad, entendamos que debemos cuidarnos entre todas y todos.

Que, durante las deliberaciones en Comisión, la Fundación Estrellas Amarillas, planteó la posibilidad de implementar una especie de fondo para realizar distintos tipos  trabajos y campañas preventivas en materia de seguridad vial.

Que consideramos que  esta propuesta es viable y puede ser implementado con el producido con lo recaudado por el cobro de multas a aquellos que no respeten la Ordenanza de alcohol 0.

Que en la normativa municipal ya hay otros fondos de asignación especifica, sirviendo como ejemplo: el destinado a los comedores municipales, al financiamiento de organizaciones que trabajen en temáticas relacionadas a la discapacidad y el destinado al sostenimiento del boleto escolar gratuito.

Que para cumplir con la implementación del propuesto fondo, debemos sancionar la Ordenanza respectiva y comprometernos como representantes de las Vecinas y Vecinos de nuestra Ciudad  a seguir trabajando y legislando en pos de estas causas.


ES POR ELLO QUE LAS CONCEJALAS Y CONCEJALES FIRMANTES PRESENTAN  EL SIGUIENTE PROYECTO DE :

ORDENANZA


Artículo 1°: Modíficase el Artículo 118 del Anexo I de la Ordenanza Tarifaria vigente cuya redacción será la siguiente :

“ARTÍCULO 118°

25 005 1 Los conductores que no circulen con cuidado y prevención, o que realicen maniobras sin precaución,o que no circulen únicamente por la calzada sobre la derecha en el sentido de la señalización, no respeten las vías o carriles exclusivos y los horarios de tránsito establecidos, serán sancionados con multa de 100 UF hasta 500 UF.

25 005 2 Los conductores profesionales que no circulen con cuidado y prevención,o que realicen maniobras sin precaución, o que no circulen únicamente por la calzada sobre la derecha en el sentido de la señalización,no respeten las vías o carriles exclusivos y los horarios de tránsito establecidos, serán sancionados con multa de 150 UF hasta 1000 UF.

25 005 3 La conducción con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre; en estado de intoxicación por estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales; será sancionada con multa según la siguiente escala:

De 0,00 a 0,10 miligramos de alcohol  por litro de sangre        100 UF

De 0,11 a  0,20  miligramos de alcohol  por litro de sangre       200 UF

De 0,21 a  0,30 miligramos  de alcohol por litro de sangre        300 UF

De 0,31 a  0,40 miligramos de alcohol por litro de sangre         400 UF

De 0,41 a 0,50  miligramos de alcohol por litro de sangre         500 UF

Superior a 0,50 miligramos de alcohol por litro de sangre         de 500 a 5.000 U.F.

“Créase el fondo de seguridad vial, constituido por el 50% de lo recaudado en concepto de multas por conducir con un índice de alcoholemia superior a cero (0) miligramos de alcohol por litro de sangre. El fondo creado, será con destino específico a las ONGs que trabajen en la implementación de Campañas Preventivas sobre temáticas relacionadas a la seguridad vial”

 Artículo 2°: De Forma.


Bloque Frepam, Bloque Propuesta Federal, Bloque Comunidad Organizada



PRENSA:

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