Proponemos que un porcentaje de las multas por incumplimientos al estacionamiento medido sea destinado a ONG`s relacionadas con la discapacidad
Texto completo del proyecto presentado en el Consejo Municipal para personas con discapacidad el 15 de abril de 2021:
VISTO
La
Ordenanzas Nº 6472/2020, 6539/2021 y
CONSIDERANDO
Que la
Ordenanza Nº 6539/2021 tiene por objeto legislar sobre la distribución de
fondos a favor de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro
vinculadas a la atención de personas con discapacidad en el ejido de la ciudad
de Santa Rosa.
Que en
dicha norma se establece que el 15% de las sumas de dinero efectivamente
recaudadas por actas de comprobación labradas por personal de la Municipalidad
de Santa Rosa se distribuirán entre entidades dedicadas a la asistencia de personas con discapacidad,
remitiendo a la ordenanza tarifaria en cuanto regula las faltas contra el
tránsito
Que la
actual gestión municipal tomó la decisión de quitar el carácter de “infracción
de tránsito” a las faltas cometidas respecto al sistema de estacionamiento
medido vigente en Santa Rosa, otorgándole naturaleza jurídica puramente fiscal.
Que
dicha decisión se materializó con la sanción de la Ordenanza Nº 6472/2020 sobre
Sistema de Estacionamiento Medido, y la consecuente implementación de la
aplicación de celulares “SEM Santa Rosa”.
Que para
evitar una merma en los ingresos a las organizaciones no gubernamentales sin
fines de lucro vinculadas a la atención de personas con discapacidad que le
corresponden por aplicación de la Ordenanza Nº 6539/21, se propone incorporar
un artículo a la Ordenanza que regula el Sistema de Estacionamiento Medido, a
fin de que un porcentaje de lo recaudado en concepto de cargos por
incumplimiento al pago del derecho de estacionamiento medido tengan el destino
que anteriormente correspondía a las asociaciones.
Por ello,
SE PROPONE LA
SIGUIENTE
ORDENANZA:
Artículo 1º: Incorpórese como Artículo 23 de la Ordenanza Nº 6472/2020,
el siguiente:
“El
quince por ciento (15%) de las sumas de dinero efectivamente recaudadas por
incumplimientos a la presente Ordenanza se distribuirán entre entidades
dedicadas a la asistencia de personas con discapacidad sumándose a los recursos
a distribuir en el marco de la ordenanza 6539/2021”.
Artículo 2º: De forma
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